Repudian condena contra el Lof Buenuleo

El tribunal integrado por Romina Martini, Víctor Gangarrosa e Ignacio Gandolfi, condenó a cinco de los ocho referentes mapuche llevados a juicio por «usurpación» por una recuperación ancestral en septiembre de 2019.

Esto es en una fracción de tierra ubicada en el lote pastoril 172, al pie del Cerro Ventana, al sur de Bariloche. Fueron condenados el lonko de la lofche Ramiro Buenuleo, su pareja Sandra Ferman, Lucas Dinamarca, Rosa Buenuleo y Aucán Maliqueo. Mientras que fueron absueltos Claudio Railén, Mauro Millán y Nicolás Quijada.

Los condenados y absueltos fueron llevados a juicio por un hecho ocurrido en septiembre de 2019, a partir del cual se los acusó de haber ingresado «con violencia y clandestinidad» en una fracción de tierra ubicada en el lote pastoril 172, al pie del Cerro Ventana, al sur de Bariloche, donde siempre se les reconoció una presencia «tradicional», partiendo de los principios de comunidad indígena de la tierra y el reconocimiento de su derecho a la recuperación territorial. En los fundamentos del fallo, el juez Pandolfi reconoció: «es cierto que para la comunidad indígena el término territorio tiene una connotación especial. Es una expresión simbólica de su historia y su cultura. El tribunal entiende que implica un concepto nuevo de propiedad. Las comunidades indígenas tienen la posibilidad de exigir el reconocimiento oficial de esa propiedad y surge como una obligación estatal delimitar y otorgar luego el título correspondiente». Pero como hasta ahora la propiedad comunitaria no está regulada por ley, «la ausencia de ley no habilita vías de hecho».

A pesar de ello, y tras casi dos semanas de audiencias, el tribunal, integrado por Romina Martini, Víctor Gangarrosa e Ignacio Gandolfi, consideró que si bien el denunciante, Emilio Friedrich, no es propietario legítimo (dijo contar un boleto privado de compraventa, aunque jamás pudo escriturar ni obtener regularización en Catastro), consiguió demostrar que tenía la posesión del lote.