La Justicia Penal de la Ciudad de Buenos Aires ordenó en febrero al Gobierno de la Ciudad, a cargo de Jorge Macri, que lance el operativo de desalojo de «La Galería Sin Fronteras«, ubicado en el Barrio Padre Carlos Mugica (Villa 31).
Ante esta situación, el defensor oficial Hernán San Martín pidió la postergación del desalojo. Mientras que el otro defensor, Ramiro Dos Santos Freire, pidió una solución habitacional para las familias.
El desalojo de la «La Galería Sin Fronteras», ubicado en el Barrio Padre Carlos Mugica (Villa 31), está ordenado desde febrero por la Justicia Penal de la Ciudad de Buenos Aires. En un principio, estaba previsto para este martes. Luego, se postergó para el viernes 22. Y por último se volvió a ordenar para ayer, jueves 16. El lugar se había construido para alojar a mujeres víctimas de violencia de género, pero nunca se ocupó y quedó abandonado, hasta que en 2020, en plena pandemia y con una situación económica que impedía alquilar, el lugar fue habitado por mujeres que estaban escapando de situaciones de violencia. Desde hace cuatro años allí viven 20 mujeres y sus hijos, algunos con discapacidades.
Las familias monomarentales siguen reclamando alguna solución no represiva a su situación de crisis habitacional y de falta de acceso al derecho a una vivienda digna.
Johanna, una de las mujeres cabeza de familia que vive en el lugar, dijo: «Nos ofrecen un subsidio habitacional. Nosotras no podemos salir de acá porque no hay alquileres, a veces no te aceptan con chicos, con animales. Le pedimos al gobierno de la Ciudad que nos deje en este lugar, o que nos reubique en un lugar donde podamos vivir».
Y luego explicó: «Sólo somos tres mujeres las que tenemos la causa penal. Nos acusan de usurpación a pesar de que el lugar no tenía ni puertas ni ventanas. También hay una vecina que fue reubicada acá mismo por el gobierno de la Ciudad y ahora nos piden el lugar. Nosotras estamos luchando para que nos dejen también aquí».
Las 10 familias son acompañadas por la Asamblea Feminista de Villa 31 y Villa 31 Bis.