El Consejo Superior del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires aprobó la propuesta elevada por el distrito IX local relacionada con los estudios e informes de la eficiencia energética en construcciones existentes.
Entre los considerandos, además de los específicos para las y los profesionales, se destaca el etiquetado de viviendas como instrumento de cuantificación ya que brinda información a la ciudadanía; constituye un elemento de decisión adicional, evaluación de nuevos proyectos e intervenciones en viviendas existentes y operaciones inmobiliarias
Asimismo genera un sello distintivo en las viviendas etiquetadas; promueve inversión, desarrollo, trabajo local; la disminución del consumo de energía tradicional nuevas herramientas de diseño a los profesionales, e impulsa el desarrollo de fuentes de energía alternativas.
Informe técnico de eficiencia energética
A tales efectos el Consejo Superior resolvió:
• Que el informe técnico constituido para el análisis y/o estudio de la envolvente de edificios y su eficiencia energética constituya un informe técnico fundado conforme al articulo 5 del titulo II del decreto 6964/65, correspondiendo su aplicación a los efectos de la liquidación de honorarios mínimos, aportes y pago de CEP.
• Se denominaran para su identificación en herramientas administrativas e informáticas como “informe técnico de eficiencia energética”.
• En cuanto al alcance profesional cualquier propuesta de mejora y/o modificación que se adjunte al informe técnico , ya sea en formato escrito o gráfico, asociada a la evaluación energética se considera una tarea de proyecto, sujeta a la liquidación de honorarios adicionales.